17 de septiembre de 2013

Renovación Sindical por defunción de los Secretarios, II parte.

Comentario. A raíz de la nota de como se están renovando algunos gremios, recibimos algunos comentarios privados y de facebook, entonces Claudio Cardinali acerca algunas opiniones.

En otros foros se produjeron también intercambios de opiniones más o menos parecidos.

No querer modificar los pensamientos y las conductas.

Es curioso como a veces no se quiere ver que la realidad se nos cae encima y que va modificando en el tiempo cosas que no pensábamos siquiera que iban a ocurrir.
No vale la pena detenerse a enumerar  todo  aquello que en la sociedad hace unos años atrás era de una forma y ahora sin impulsarlo a veces es distinto o por lo menos se lo ve como habitual o definitivamente como instalado, lógicamente luego a veces se le da un marco legal a muchas de esas cuestiones.

Pero las preguntas sin respuestas, en este caso, es que ocurre con aquellos cambios a nivel mundial que ocurren en nuestra actividad, porque no se toman modalidades innovadoras que le haría bien a nuestro sistema laboral, porque no se estudian e impulsan aquellos criterios por encima de las propias leyes laborales o de aquello aun no legislado. ¿Porque nos negamos nosotros mismos los beneficios?


No lo vemos acaso sobradamente en el caso de los Pilotines, donde casi todos pasaron las misma dificultades laborales y salariales y después no se impulsa el cambio y dejamos que todo siga igual y hasta algunos se oponen a tratarlo porque son Cadetes, pero se olvidan o desconocen por ejemplo que los Cadetes de Institutos Militares no solo cobran un sueldo sino que hasta se lo toma para el computo de jubilación, si a esto se le suma lo de las pasantías pagas de estudiantes en tierra, la única palabra que define esta realidad es la de discriminación desde el desconocimiento y desde la arbitrariedad de que todo continúe igual. O será que esta idea, al ser distinta a la realidad que debieron pasar los ex-pilotines ya no interesa.

Digo esto porque aquellas situaciones “que sufrimos” no son atendidas por acción u omisión, por conocimiento o ignorancia, y sea una u  otra, los perjudicados siempre son los mismos, vos y yo, porque la mala impronta, es esperara que se resuelva solo.

También sabemos que a nivel mundial no todos los países que se dedican a la actividad marítima cuentan con Gremios constituidos y legalmente establecidos por Leyes Nacionales, nosotros sí, y además tenemos leyes que nos dan amplias posibilidades para accionar bajo los CCT siempre que las condiciones sean más favorables a la legislación vigente (Art. 7 y 8 LCT 20.744 (*). Y vemos como en el resto del mundo Estados, Armadores, Gremios inclusive ITF (**) y Tripulantes se han puesto de acuerdo y adhirieron al Convenio Laboral Marítimo 2006 con normas que podríamos nosotros consensuar y utilizarlas para el beneficio común, (me refiero a TODOS los involucrados). O también habrá justificaciones de que estos consensos son difíciles de lograr. Creo que mas allá de que debemos continuar discutiendo ideas, lo concreto es que también hay que “empujarlas” y que las lleven a cabo los dirigentes. 

Por ello si estuviéramos de acuerdo en estas premisas porque no se modifica el pensamiento único que insiste en perdurar con conducciones eternas de pensamientos y conductas que se quedaron en el tiempo.

Claudio Cardinali.

(*) LEY DE CONTRATO DE TRABAJO
Art. 7° — Condiciones menos favorables. Nulidad. Las partes, en ningún caso, pueden pactar condiciones menos favorables para el trabajador que las dispuestas en las normas legales, convenciones colectivas de trabajo o laudo con fuerza de tales, o que resulten contrarias a las mismas. Tales actos llevan aparejada la sanción prevista en el artículo 44 de esta ley.
Art. 8° — Condiciones más favorables provenientes de convenciones colectivas de trabajo. Las convenciones colectivas de trabajo o laudos con fuerza de tales, que contengan normas más favorables a los trabajadores, serán válidas y de aplicación. Las que reúnan los requisitos formales exigidos por la ley y que hubieran sido debidamente individualizadas, no estarán sujetas a prueba en juicio.
(**)
Noticias ITF En Línea
Ayúdennos a implementar la ‘Declaración de Derechos
4 agosto 2006

Hay que conseguir la ratificación y la aplicación del nuevo Convenio sobre el trabajo marítimo.

Las organizaciones sindicales tienen un rol crucial en la implementación del nuevo Convenio sobre Trabajo Marítimo, subrayó hoy la directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo de la OIT.

Conocida también como la “Declaración de Derechos de la gente de mar”, este nuevo convenio unifica y actualiza más de 60 normas de trabajo marítimo de la OIT. Fue aprobado en febrero de este año, luego de cinco años de intensas negociaciones en las que han participado gobiernos, armadores y la ITF, representando a los sindicatos marítimos.

Las organizaciones de gente de mar pueden sernos de gran ayuda para hacer realidad el potencial protector que posee este convenio, tanto a través de sus esfuerzos a escala nacional como mediante la cooperación con las organizaciones de armadores y los gobiernos que se han comprometido con el convenio,” declaró Doumbia-Henry.

Si bien el convenio se aplica directamente solo en aquellos buques que enarbolan la bandera de un Estado que lo haya ratificado, las disposiciones de su puesta en práctica contienen una cláusula de “trato no más favorable”. Esto significa que una embarcación registrada en un país que no haya ratificado el convenio podría suspender una inspección portuaria si no cumpliera debidamente las nuevas normas internacionales.

NOTA ORIGINAL:  Renovación Sindical.

No hay comentarios:

Publicar un comentario